En abril de 2019, Ángel Hernández ayudó a morir a su mujer, Maria José Carrasco, enferma de esclerosis múltiple, y fue acusado por la Fiscalía Provincial de Madrid por un delito de cooperación al suicidio recogido en el artículo 143.4 del Código Penal. Finalmente, la Fiscalía ha reiterado la acusación al encontrarse Hernández en un supuesto legalmente autorizado en la reciente Ley de eutanasia.
Con la aprobación de la Ley Orgánica 3/2021, de 24 de marzo, de regulación de la eutanasia se reconoce el derecho a poner fin a la vida en situaciones de padecimiento grave, crónico e imposibilitante o de enfermedad grave e incurable.
Por ello, ante la nueva situación legal de Ángel Hernández, la Fiscalía ha asegurado en un informe que debe “valorar si, en los supuestos fácticos previos a la entrada en vigor del nuevo texto legal concurrían los requisitos habilitantes para, de haber estado vigente, haber activado el procedimiento de asistencia a la prestación de ayuda a morir”.
El texto asegura que en el caso de Hernández concurren los requisitos para retirar la acusación cuando, hasta hace unos meses, la Fiscalía de Madrid pedía seis meses de prisión para el investigado por un delito de cooperación al suicidio por el que fue detenido y posteriormente puesto en libertad, momento en el que Hernández decidió llevar a cabo una recogida de firmas para despenalizar la intervención voluntaria para provocar la muerte.
Ahora, la Fiscalía asegura que existían deseos explícitos de la mujer de Hernández, María José Carrasco, que había expresado de forma "constante" su deseo de acabar con su vida por los "intensos" dolores "más allá de lo que podía soportar" por la enfermedad crónica que sufría, esclerosis múltiple. Motivos que llevaron a Hernández, "desamparado por la falta de ayudas institucionales" a cumplir los deseos de su esposa.
Además, la Fiscalía de Madrid ha anunciado que se opuso a que la causa encajara en un delito machista al no existir un contexto de "dominación y discriminación" del hombre sobre la mujer.