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Cómo votar el 4 de mayo de forma segura en tiempo de pandemia y además en día laborable

Cómo votar el 4 de mayo de forma segura en tiempo de pandemia y además en día laborable

El próximo 4 de mayo se celebran elecciones autonómicas en la Comunidad de Madrid tras la convocatoria adelantada de la presidenta Isabel Díaz Ayuso. Se trata de unos comicios con connotaciones especiales ya que se producen en tiempo de pandemia y, además, en un día laborable y no lectivo. Por tanto pueden surgir ciertas dudas entre los electores por lo que conviene conocer los derechos de los ciudadanos. Todos tienen el derecho a acudir a votar y según el horario laboral de cada trabajador, podrá disfrutar de un permiso retribuido de hasta 4 horas. También, a causa de la pandemia de COVID-19, se recomienda ir en horarios concretos según el grupo de población al que pertenezcas a fin de evitar aglomeraciones y para garantizar que los enfermos de coronavirus o aquellos que sospechen que pueden tener COVID-19 (ya sea porque tengan síntomas o porque hayan estado en contacto con el virus) puedan también ejercer su derecho al voto.

Respondemos las dudas más frecuentes sobre las próximas elecciones regionales en la Comunidad de Madrid, unos comicios algo diferentes a los de 2019 por la pandemia de COVID-19

Un hombre espera para votar en Barcelona el pasado 14 de febrero


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¿Tengo derecho a ir a votar en horario laboral?

El derecho a voto de los trabajadores es innegable, ninguna empresa se puede oponer a que un trabajador o trabajadora acuda a las urnas el próximo 4 de mayo. Las empresas, de negar este derecho a sus trabajadores, se enfrentan a sanciones de hasta 6.250 euros y podrían, incluso, ser denunciados ante los tribunales por vulnerar los derechos fundamentales de su trabajadores

Si la empresa se opusiera a que acudas a los comicios debes ir a votar igualmente pues las acciones legales deberás tomarlas a posteriori. Si no vas a votar pierdes el derecho. Por tanto, debes ir a votar y, si posteriormente recibes una sanción por parte de tu empresa, debes denunciarlo para que juez declare esta sanción como nula de pleno derecho.

¿Cuánto tiempo tengo para ejercer mi derecho a voto?

Dependerá de tu jornada laboral y su coincidencia con el horario de los colegios electorales que estarán abiertos de 9:00 a 20:00 horas. Los trabajadores por cuenta ajena (públicos o del sector privado) tienen derecho a ausentarse para ejercer su derecho al voto un máximo de 4 horas y, durante este tiempo disfrutarán de un permiso retribuido establecido por el artículo 37.3 del Estatuto de los Trabajadores.

Los trabajadores pueden encontrarse en cuatro supuestos diferentes según su situación laboral:

  • Si el horario laboral del trabajador no coincide con la apertura de las mesas o solo coincide por menos de dos horas, el empleado no tendrá derecho a permiso retribuido.
  • Si el horario laboral coincide en dos o más horas, pero menos de cuatro con el horario de apertura de los colegios electorales, el trabajador tendrá derecho a un permiso retribuido de dos horas.
  • Si el horario laboral coincide cuatro o más horas con la apertura de las mesas electorales pero menos de seis, el trabajador tendrá derecho a un permiso retribuido de tres horas.
  • Si el horario del trabajador coincide seis o más horas con la apertura de las mesas electorales, tendrá derecho a un permiso retribuido de cuatro horas.

En el caso de los trabajadores con contratos a tiempo parcial, el permiso se ajustará a su jornada laboral. Por ejemplo, si el horario del empleado es de 20 horas pero estas coinciden con el supuesto de cuatro horas, tendrá un permiso de 1 hora y media, es decir, la mitad proporcional de las 3 horas que se daban en el supuesto del trabajador a tiempo completo.

¿A qué hora debo ir a votar?

Debido a la pandemia de COVID-19, las autoridades sanitarias han establecido diferentes franjas horarias para cada grupo de población, aunque, realmente, se puede acudir a cualquier hora de no poder adaptarse a esta recomendación. Las franjas horarias se han estipulado para evitar aglomeraciones y garantizar el derecho al voto de los pacientes de COVID-19, ya tengan síntomas, sospechas o hayan estado en contacto con el virus. Además, se recomienda acudir individualmente.

Los horarios recomendados son los siguientes:

  • De 9:00 a 10:00 horas y de 12:00 y 19:00 horas: población general sin ningún condicionante.
  • De 10:00 a 12:00 horas: mayores de 65 años, discapacitados y demás grupos de riesgo.
  • De 19:00 a 20:00: pacientes de COVID, personas con síntomas, sospechas o que hayan tenido contacto con el virus.

¿Dónde tengo que ir a votar?

El lugar donde cada madrileño deberá ir a votar estará estipulado en su tarjeta censal, una tarjeta que recibirán en sus buzones hasta el 15 de abril. En esta se puede ver la mesa y la ubicación del colegio electoral donde tendrá que acudir el 4 de mayo. Puede que el colegio electoral al que debe acudir cambie al de 2019 ya que la Comunidad de Madrid está reorganizando las mesas electorales para reducir el aforo.

También puedes consultar por internet dónde tienes que votar, a través de la página del Instituto Nacional de Estadística (INE) donde debes hacer clic en el enlace de "Consulta de mesas y locales electorales", que se encuentra a la derecha si navegas desde el ordenador y abajo si usas el móvil. Allí debes rellenar el formulario para saber la dirección del lugar al que has de acudir, así como la mesa que te toca.

¿Y si voto por correo?

Puedes solicitar el voto por correo hasta el día 24 de abril en las oficinas de Correos o solicitarlo online si dispones de firma digital, en este enlace.

Una vez las hayas solicitado recibirás toda la documentación para el voto por correo del 14 al 27 de abril y podrás llevar tu voto a las oficias de Correos o entregárselo expresamente a tu cartero. Estos votos serán entregados por Correos el día de las elecciones a las mesas electorales correspondientes.

¿Qué medidas anticovid se tomarán en los colegios electorales?

Las medidas sanitarias de seguridad anticovid están garantizadas a través de las siguientes normas:

  • Uso obligatorio de mascarilla, excepto para la identificación del votante, momento en el que los miembros de la mesa pueden pedir que se descubra la cara un momento.
  • Un responsable de seguridad sanitaria en cada colegio electoral que velará por la seguridad en el acceso al centro, el cumplimiento de las medidas de distanciamiento y el aforo.
  • Se recomienda llevar el voto listo aunque también habrá mesas con papeletas, sobres y cabinas de votación.
  • Habrá una bandeja en la mesa electoral donde el votante podrá depositar su identificación para que los miembros de la mesa no tengan que tocarla
  • El votante tan solo se acercará a la mesa para mostrar su sobre e introducirlo en la urna.
  • Los miembro de la mesa electoral llevarán mascarillas FFP2, que les serán dadas en el centro y podrán optar también a una pantalla de protección facial.
  • En la mesa habrá guantes desechables, gel hidroalcohólico, desinfectante para superficies y toallas de papel desechable. También una papelera con pedal y tapa para depositar el material higiénico y de desinfección.
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