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Se abre el plazo para solicitar el Ingreso Mínimo Vital

Se abre el plazo para solicitar el Ingreso Mínimo Vital

La solicitud para percibir el Ingreso Mínimo Vital se iniciará a partir de este lunes 15 de junio y se deberá realizar a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social y en los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS) cuando la situación sanitaria lo permita. Con esta prestación la Seguridad Social pretende disminuir el nivel de pobreza y exclusión social y laboral.


El Ingreso Mínimo Vital arranca este lunes 15 de junio con la apertura del plazo para su solicitud. En las Comunidades Autónomas que se encuentran en fases avanzadas de la desescalada se podrá hacer el trámite de manera presencial, pero en el resto solo se puede pedir de forma telemática.

El IMV garantiza un nivel de renta para cada tipo de hogar, completando las rentas preexistentes, entre ellas las salariales. En el caso de los hogares unipersonales, se garantizarán 5.538€ anuales, lo que equivale a una pensión no retributiva, distribuida en 12 pagas.
El INSS reconoce que unas 75.000 familias recogen los requisitos establecidos por la Ley y por lo tanto serán beneficiarios de la prestación. Los beneficiarios recibirán un SMS de resolución donde se explica su concesión, y el primer pago del IMV lo recibirán el próximo 26 de junio.

Requisitos para percibir la prestación


Recordemos que para percibir el Ingreso Mínimo Vital se deben cumplir una serie de requisitos, uno de ellos será la vulnerabilidad económica. La Ley ha establecido que para percibir la prestación los beneficiarios deberán recoger las siguientes condiciones:
  • Solicitar prestaciones y pensiones a las que pudiera tener derecho.
  • El titular de convivencias deberá tener entre 23 y 65 años de edad, salvo en los casos en que se encuentre un menor a cargo que no habrá requisito de edad.
  • Si el solicitante vive solo tendrá que acreditar que lleva tres años viviendo independientemente de sus progenitores, además de llevar al menos 1 año dado de alta en la Seguridad Social.
  • Para todos los residentes se requerirá que al menos lleven un año interrumpido de residencia legal y efectiva en España, excepto en situaciones de violencia de género, trata y explotación sexual.
  • Los ingresos totales en los hogares deberán ser inferiores a la renta garantizada para su tipo de unidad de convivencia. Además, se exigirá un patrimonio (excepto la vivienda habitual) inferior a 3 veces la renta garantizada anual para un hogar unipersonal.
  • Se tendrá en cuenta los ingresos del año anterior, pero ante la situación del Covid-19, se podrán reconocer para solicitudes cursadas durante el 2020, teniendo en cuenta la situación de ingresos de este año.
  • Si el solicitante no está activo laboralmente, se exigirá la inscripción como demandante de empleo.
Todos los ciudadanos podrán informarse sobre el Ingreso Mínimo Vital a través de la página web de la Seguridad Social y mediante el nuevo asesor virtual, ISSA. Además, también tendrán disponible un simulador virtual donde podrán comprobar si cumplen con los requisitos para acceder a la prestación. Asimismo, disponen de un teléfono de contacto (900 20 22 22) para realizar consultas concretas, y en el que a partir de la semana que viene estará disponible por las tardes.
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