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Las masacarillas serán obligatorias siempre que no se pueda mantener la distancia

Las masacarillas serán obligatorias siempre que no se pueda mantener la distancia

El Boletín Oficial del Estado publica hoy la orden según la cual el uso de las mascarillas pasará a ser obligatorio cuando no sea posible mantener la distancia de seguridad interpersonal de dos metros. Deberán hacer uso de ellas todas las personas mayores de seis años, aunque se considera recomendable ya a partir de los tres. Sin embargo, se establecen algunas condiciones que permitirian la excepción a la norma, por motivos de salud.


El BOE publica hoy la orden según la cual el uso de mascarillas pasa a ser obligatorio en aquellos lugares en los que no se pueda cumplir con la distancia interpersonal de dos metros. Así lo ha confirmado el Ministerio de Sanidad a través de una nota de prensa en la que explica que el objetivo es "minimizar los riesgos en lugares cerrados y públicos donde se produce una gran concentración de personas y proteger la salud de todos los ciudadanos". No se establece ninguna norma sobre el tipo de mascarillas que deberán utilizarse en estos espacios, pero sí que se recomienda que sean higiénicas o quirúrjicas.

El Boletín Oficial del Estado dictará la obligatoriedad del uso de las mascarillas para toda persona mayor de 6 años. Sin embargo, tambien considera su uso como recomendable en la franja de edad que va de los 3 a los 5 años. Así, se establece que las personas de seis años en adelante deberán llevarla cuando se de esa circunstancia en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público. Dicha orden entrará en vigor a partir de este mismo jueves.

Además, se establecen una serie de excepciones para el cumplimiento de la norma. "No será exigible su uso en las personas que presenten algún tipo de dificultad respiratoria que pueda verse agravada por su uso, las que tengan motivos de salud debidamente justificados o aquellas que por su situación de discapacidad o dependencia presenten alteraciones de conducta que lo hagan inviable", expone Sanidad a través de su nota de prensa. Además, tampoco será exigible en aquellas actividades en las que resulte incompatible, ni tampoco en las relacionadas con la ingesta de alimentos y bebidas.

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