El Boletín Oficial del Estado recoge este martes la orden INT/356/2020 que supone la prórroga para la reestricción temporal de viajes no imprescindibles. La medida tiene efectos de cara a los terceros países hacia la Unión Europea y países asociados Schengen. La extensión se prorroga, de momento, hasta el 15 de mayo, por "razones de orden pública y salud pública".
Dentro de esta medida, se recogen las posibles excepciones al cumplimiento de dicha orden. En primer lugar, podrán viajar los residentes que se dirijan a sus lugares de residencia, los titulares de un visado de larga duración expedido por un país miembro al que se dirijan y los trabajadores transfronterizos. También entran dentro de estas excepciones los profesionales sanitarios o del cuidado de mayores, el personal dedicado al transporte de mercancias y el personal militar, diplomático o consular.
La orden publicada en el BOE también incluye el mantenimiento del cierre, de caracter temporal, de los puestos terrestes habilitados para entrada y salida de España a través de las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla. Dicha orden, que ha sido firmada por Grande-Marlaska, Ministro del Interior, entrará en vigor el 22 de abril y será vigente hasta las 24:00 del 15 de mayo.