El Consejo de Gobierno ha visto un informe de la Consejería de Justicia, Interior y Víctimas sobre este anteproyecto que conlleva el cambio de dos artículos: el 330.4 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y el 13.2 de la Ley 38/1998, de 28 de diciembre, de Demarcación y Planta Judicial.
En el primero se expone que en las Salas de lo Civil y lo Penal de los Tribunales Superiores de Justicia, el CGPJ sea el gestor de cubrir por concurso una de cada tres plazas por un jurista con prestigio de más de diez años ejerciendo como profesional en la comunidad autónoma. Hasta ahora, la elección se realiza a propuesta de la Asamblea de Madrid. Si se realiza este cambio legislativo, las plazas que sobran también serán cubiertas por magistrados nombrados a propuesta del CGPJ entre los que lleven diez años en la categoría y en el orden jurisdiccional civil o penal y tengan conocimientos especiales con respecto al derecho civil, foral o especial, propio de la Comunidad autónoma, como ya se realiza en la actualidad.
El otro artículo que cambiaría, se elimina la propuesta de nombramiento entre la terna organizada por la Asamblea de Madrid y como en el anterior artículo, se sustituye por magistrados nombrados por juristas con prestigio en la forma prevista en el artículo 330 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.